En diciembre, con toda seguridad has escuchado frases como esta: ¡Hay que pagar la prima a la empleada doméstica… ¡Ah! Y también la liquidación. Pero ¿sí es cierto que la liquidación también se paga sólo por ser fin de año?
En esta nota explicamos cómo calcular la prima del segundo semestre y desmentiremos algunos mitos comunes que surgen al final del año, y que fue el tema de nuestra sesión en vivo Saber Contratar, proyecto que tenemos en alianza con el Consultorio Jurídico de la Universidad Eafit y Symplifica.
Un beneficio
La prima es un beneficio económico que recibe toda persona con vínculo laboral, que es precisamente el caso de las empleadas del hogar (internas, externas y “por días”). Porque se trata de recibir el pago de un salario correspondiente a un mes de trabajo, dividido en dos entregas: junio y diciembre. Recordemos que el contrato de trabajo puede ser verbal, aunque lo ideal es que sea escrito.
Lo más importante es tener presente que independientemente de si se trabajó el segundo semestre completo o no, siempre se debe pagar la prima. ¡No hay excusa! Es decir, por ejemplo, si Magnolia es empleada del hogar interna desde septiembre, su pago será proporcional a los tres meses que ha trabajado hasta diciembre.

Como empleadora o empleador, tenga en cuenta que el auxilio de transporte y el pago de horas extras o jornadas dominicales también se incluyen en el pago de la prima. Si el salario mínimo legal vigente es de $1.300.000 se le suma el auxilio de transporte de $162.000, es decir, que se calcula a partir de $1.462.000.
Para las empleadas “por días”
El punto de partida es tener definido el salario que se gana por un mes de trabajo. Te lo explicamos con un ejemplo como se hace este cálculo del salario recibido por 30 días.
Pensemos que Magnolia, en lugar de ser empleada doméstica de tiempo completo, va dos días a trabajar a un hogar. Entonces: si su salario por día trabajado es de $80.000 lo multiplicamos por 4.33 (número de semanas al mes laborales para efectos contables).
A este resultado (en este caso $346.400), lo multiplicamos por 2 (porque es el número de días que va a la semana a trabajar).
Esto nos da un valor de $692.800, es decir, este es el salario mensual que recibe Magnolia por el trabajo en un hogar al acudir dos veces a la semana.
Y entonces, ¿cómo es el cálculo de la prima?
El salario mensual, se multiplica por 180 (porque sólo se paga el equivalente a 15 días de un salario correspondiente a un semestre) y el total lo dividimos en 360.
Ejemplo:
$692.800 x 180 / 360 = $346.400 (total de prima que recibe Magnolia). Básicamente es dividir su salario en dos partes porque trabajó el semestre completo.
Siempre se hace el cálculo hasta el 31 de diciembre, aunque la fecha máxima de pago es el 20 de diciembre.

Te compartimos también las calculadoras que te pueden ayudar a estimar el valor de la prima para la empleada del hogar.
¿Es necesario pagar la liquidación a fin de año?
Usualmente se paga sólo cuando se termina la relación laboral, sin importar si ocurre a fin de año o en cualquier otra fecha.
Sara Paredes, estudiante en Derecho de Eafit, lo explicó en la sesión de una forma muy sencilla: al liquidar se hace el pago de las prestaciones y salarios adeudados a la empleada doméstica y se hace siempre que se finalice el contrato o vínculo laboral (sea o no con justa causa).
Por esta razón, no es necesario finalizar el contrato laboral a la trabajadora del hogar sólo porque llega el fin de año; en caso de que la empleadora o empleador tomen vacaciones, pueden acordar también que las tome la trabajadora. Todo conversado, y con tiempo, es mejor.
Para July Pineda, capacitadora técnica de Symplifica, recuerda que un proceso de liquidación no se puede olvidar que esto implica hacer la desvinculación ante las entidades de la seguridad social (ARL, fondo de pensiones, caja de compensación y EPS en el caso de las empleadas de tiempo completo). Por eso, recomendó que no justifica hacer este proceso si va a continuar trabajando en enero.
Los mitos del trabajo diciembre a fin de año
July recordó un par de mitos que suelen darse por estas épocas:

Falso. Teniendo en cuenta que, si se está al día de la Seguridad social, se consignan las cesantías en el fondo de pensiones, se entregan a la empleada sus intereses cada año y más aún cuando se conceden las vacaciones anualmente, no hay acumulación de estos pagos.
Veamos otros ejemplos:

En esto caso, July recomienda negociar el periodo de descanso para estos días de fin de año para que pueda pasar tiempo libre y en caso de que necesitara un dinero, también se puede hacer un acuerdo económico para no tener que incurrir en una desvinculación laboral innecesaria.

Camilo Piedrahíta, coordinador Área Derecho Laboral y Seguridad Social de la Escuela de Derecho de la Universidad Eafit, reiteró el llamado a actuar con consciencia. “No se trata de actuar en un piloto automático como empleadora o empleador porque se hace así en diciembre” y anotó que se trata de pensar qué puede darse ante cada escenario como solución, al dar recomendaciones como acordar anticipos de salario o bonificaciones adicionales de manera voluntaria, siempre que queden documentados correctamente.
Si tienes otras inquietudes puedes escribirnos al correo sabercontratar@gmail.com para que sigas haciendo las cosas bien en el trabajo doméstico.
Revive aquí el capítulo completo de la sesión de Saber Contratar de este 3 de diciembre.
