Con el más reciente informe de mercado laboral en Colombia (GEIH) del Departamento Nacional de Estadística –Dane, nos enteramos de que el registro de la contratación en el sector del trabajo doméstico ha disminuido 8.7% en lo corrido del año 2018, lo que nos lleva a interpretar que aumentó la informalidad.
Germán Linares, experto en seguridad social, les dijo a RCN Radio y otros medios de comunicación, que “el poco interés que hay a la hora de contratar una empleada doméstica es por los gastos que debe asumir el empleador, por el pago de las prestaciones legales a las que tiene derecho el trabajador.
A esto se suma la alta migración de ciudadanos venezolanos que trabajan por unos valores inferiores a los que legalmente se les deberían reconocer”.
Por su parte, Germán Machado, Asesor del Despacho del Viceministro Técnico en el Ministerio de Hacienda y profesor de cátedra de Economía Colombiana en la Universidad de Los Andes, coincide con nosotras al afirmar que es preocupante. “Se necesitan más datos para concluir sobre la formalización de las empleadas del hogar, pero las cifras del Dane muestran que desde que reciben prima cayó su ocupación en más de 5% y que los contratos verbales en el país han aumentado 8.7% desde 2016”. Antes se tenía un registro de 750.000 empleadas domésticas en el país.
Si bien, en el gremio, ha sido usual que las empleadas domésticas presten sus servicios sin firmar algún tipo de contrato, como explica Linares, “simplemente la persona viene, presta el servicio y se le paga su día sin ningún tipo de contratación, sin ningún tipo de cobertura de seguridad social”, ya se cuenta con una legislación para el trabajo doméstico que reivindica sus derechos laborales. El Estado tiene la responsabilidad y el compromiso de hacerlos cumplir, y la sociedad, por ley y por humanidad, el deber de cumplir.
Por lo anterior, cabe resaltar que empleadores y empleadoras se exponen a altos riesgos a la hora de no contratar legalmente a las empleadas domésticas: “Cuando yo permito que ingrese una persona a mi casa a laborar sin tener paga la seguridad social y esta persona sufre algún tipo de accidente, yo como empleador tendría que incurrir con todos los gastos de ese accidente. Y si esa persona no puede volver a laborar por el accidente, yo tendría que asumir una pensión por invalidez”, puntualizó Linares.
Quedan preguntas para reflexionar e investigar de aquí en adelante:
¿Se necesitan más cifras o más análisis de las cifras? ¿Estará mostrando el mercado que lo más eficaz contra la informalidad son las empresas que tercerizan o intemedian? ¿La normatividad mejoró la protección de algunas empleadas a cambio de dificultar el acceso laboral a otras?
Julio de 2018.